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viernes, 30 de septiembre de 2016

EXCLUSION SOCIAL EN SALUD

EXCLUSIÓN SOCIAL EN SALUD


El gran desafío de política pública, es garantizar a todos los ciudadanos un nivel básico de protección social en materia de salud, en condiciones adecuadas de calidad, dignidad y oportunidad, sin que la capacidad de pago sea un factor restrictivo.

Infortunadamente, hay un número creciente de personas que no pueden satisfacer sus necesidades esenciales en salud, ni participar en el desarrollo de su comunidad, es decir están excluidos.

Los gobiernos tienen la obligación de caracterizar la brecha en salud, midiendo incidencia, intensidad y severidad de la exclusión poblacional, pues no solo hablamos de la exclusión total de personas o grupos, también pensamos en las  exclusiones cotidianas, en donde se regatean las prestaciones en una forma de exclusión parcial.

La exclusión social en salud puede ser por: Inexistencia de cobertura, insuficiencia de recursos, impedimento de acceso, restricción en la oferta de prestaciones, extemporaneidad de la atención, interrupción del seguimiento, inadecuación de los procedimientos e inconformidad ante el trato recibido.

Es decir, técnicamente se afectan ocho dimensiones de la calidad:

                1.    Universalidad
                2.    Disponibilidad 
                3.    Accesibilidad 
                4.    Integralidad      
                5.    Oportunidad     
                6.    Continuidad      
                7.    Resolutividad    
                8.    Aceptabilidad   


  • El ideal en protección es la UNIVERSALIDAD, todas las personas, todas las prestaciones, en servicios, que den respuesta continua e integral a las necesidades o problemas de salud. La exclusión puede ser por falta de cobertura de agua, alimentación, vivienda, alfabetismo, empleo y por supuesto de servicios sanitarios.

  • El grado de suficiencia en la asignación y distribución de recursos, humanos, físicos, técnicos, materiales y financieros, determina la DISPONIBILIDAD, que puede verse trastocada por   carencia o desperdicio.

  • Personas o procedimientos pueden ser excluidos por limitación en la ACCESIBILIDAD, debido a barreras geográficas, culturales, administrativas, étnicas, económicas, idiomáticas, de género, educacionales, sociales y/o por violencia.
  • La restricción en la variedad de las prestaciones y la fragmentación de los planes de atención, son otra forma muy común de exclusión, porque no siempre se caracterizan por su INTEGRALIDAD, de tal forma que la atención es incompleta.


  • El tiempo de respuesta útil, por listas de diferimiento o tiempos de espera exagerados, atenta contra la OPORTUNIDAD y excluyen personas de la atención a tiempo.

  • La falta de seguimiento, durante todo el proceso salud-enfermedad, se manifiesta por atención episódica, rechazos, retenciones, referencias injustificadas e inadecuadas, que se alejan de la CONTINUIDAD

    • La inhabilidad técnico-científica, de un profesional o de un sistema de salud, puede traducirse en procedimientos incompletos, no indicados, mal protocolizados, con tecnología obsoleta, atentan contra la eficacia y por ende resultan en una RESOLUTIVIDAD excluyente.



    • La consideración del trato otorgado, por falta de respeto, de seguridad y cortesía, la ausencia de información, esmero y comodidad, o cualquier transgresión de la dignidad  se convierte en una experiencia desagradable en la relación con el servicio, que disminuye la ACEPTABILIDAD, y generalmente, por insatisfacción, lleva a una forma curiosa de exclusión: la autoexclusión.


En síntesis, la exclusión total de la protección social en salud, es cuando personas o grupos quedan al margen de los servicios sanitarios, en tanto que la más frecuente y mimetizada, es la exclusión parcial, en donde procedimientos quedan fuera de las prestaciones, por problemas de disponibilidad, accesibilidad y calidad.



EXTENSIÓN DE LA PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD

La respuesta a la exclusión debe caracterizarse por propuestas técnicamente factibles, políticamente viables, geográficamente accesibles, económicamente sostenibles, culturalmente aceptables y éticamente loables de protección social en salud.




PATOLOGÍAS DE LA INCLUSIÓN:


a)    Inclusión excluyente

  Inclusión de personas o grupos a  una prestación tan onerosa, que obliga  necesariamente a desatender a otros, en aspectos verdaderamente básicos, por ejemplo personas que reciben, en un ambiente de recurso limitado,  privilegios injustificados de un bien común.


b)    Inclusión paradójica

Inclusión de un aspecto secundario, que al unísono excluye de algo principal, por ejemplo recibir consulta y ser prescrito de un medicamento extremadamente caro. Otro más focalizado, puede ser, cuando uno de nuestros familiares es atendido gratuitamente por un colega, pero nos vemos obligados a comprarle un regalo más caro, que lo que sería el precio de la consulta.


c)    Inclusión aparente (subsidio a la no demanda)

Inclusión teórica de personas o grupos, con barreras administrativas que impiden hacer efectivo el derecho. Por ejemplo, afiliación in situ de poblaciones indígenas, sin servicio expreso accesible.


d)    Accesibilidad programática

Cuando se trabaja para los Programas y no para las personas. Son los programas los que determinan, de qué, cuanto y cuando debe enfermarse la población.

Si no se tiene exactamente eso y nada más que eso, no hay respuesta posible, porque la programación no se basa en las necesidades de la población.

e)    Accesibilidad paradójica

Acceden más, los que tienen menos problemas.  La oferta se orienta a lo más simple y no tiene respuesta para lo más complicado.

jueves, 23 de julio de 2009

La Regulación, Garante Social de la Calidad 03 LA REGULACIÓN, ABATIDORA DEL RIESGO


El riesgo es la combinación de la probabilidad y las consecuencias de que ocurra un evento peligroso específico. Es al ente rector, gracias a la regulación, a quien le corresponde dictar las normas correspondientes a fin de eliminarlo o abatirlo al máximo.

La estimación del riesgo se da del cruce de dos variables, la gravedad y la probabilidad, variando desde riesgo no significativo hasta riesgo intolerable.

Los usuarios están sujetos a múltiples amenazas, mismas que el Estado debe mitigar, una de ellas proviene de la complejidad tecnológica de la industria de equipamientos, (instrumentos médicos y hospitalarios) y de la industria farmacéutica.

Para autorizar el uso de los dispositivos médicos, definidos por la FDA como instrumentos, aparatos, implementos, máquinas, implantes, artículos similares o relacionados, incluyendo cualquier componente, parte o accesorio que se usa para el diagnóstico, cura, mitigación, tratamiento o prevención de una enfermedad o condición, que afecta la estructura o función del cuerpo, la Autoridad Sanitaria aplica requisitos crecientes de acuerdo a riesgo, facilitando su clasificación en tres clases, (I a III), realizando controles generales en los de bajo riesgo, controles especiales en los de mediano riesgo y aprobación pre mercadeo a los de alto riesgo.

En la autorización de las intervenciones que pueden llevarse a cabo en los establecimientos de salud, la regulación no debe constreñirse a los riesgos del sector formal del sistema de salud, sino que también debe proteger a la sociedad de los peligros de intervenciones potencialmente riesgosas o informaciones apócrifas del sector informal, segmento que en ocasiones es ignorado activamente.

viernes, 10 de julio de 2009

La Regulación, Garante Social De La Calidad 01 LA REGULACIÓN EN LA RECTORÍA


La Rectoría, función indelegable del Estado-quien a través de políticas rige y gobierna a todas las instituciones del Sector Salud- a fin de reducir, en el marco del desarrollo humano sostenible, las inequidades en las condiciones de salud de la población.
El Estado fortalece su papel rector, por medio de la Autoridad Sanitaria Nacional, instrumentando las competencias sustantivas que le son propias en materia de Conducción Sectorial, Regulación, Desarrollo de las Funciones Esenciales de la Salud Pública, Modulación del Financiamiento Sectorial, Vigilancia del Aseguramiento y la Armonización de la Provisión de Servicios; por tanto, la rectoría mediante estas funciones, busca garantizar el acceso universal y equitativo a la atención a la salud con criterios de calidad.
Las inevitables transformaciones de los Sistemas de Salud, oscilan entre la mercantilización admisible y las políticas públicas impostergables. Para que los cambios sean aceptables, los servicios públicos deben ser de eficiencia comprobada y los de cualquier proveedor, de calidad garantizada y económicamente accesibles para toda la población. La rectoría sectorial, ejercida mediante la regulación, asegura que dichas transformaciones no salgan de ese rango.
La Regulación Sectorial, como elemento toral de la rectoría, debe diseñar el marco normativo sanitario que proteja y promueva la salud de la población, garantizando su cumplimiento al ejercer la autoridad sanitaria, tanto a nivel nacional como subnacional.